Editorial

Muchas normas a cumplir ¿y los resultados?


En la Argentina no tenemos un sistema de controles en ninguna de las áreas donde normalmente se necesitan. Para suplir esta incapacidad de hacer cumplir leyes generales, establecemos pautas de funcionamiento para todo y a veces hasta pecamos con reglamentarismos de difícil cumplimiento que no hacen más que agotar a los ciudadanos que, por su esencia, siempre acatan. Y, obviamente, si no hay capacidad de establecer un rigor para hacer cumplir las normas básicas, mucho menos sus derivadas. Tampoco nadie se toma el trabajo de estudiar si aquello que se impuso dio los resultados buscados.

De este modo se generan cada vez más obligaciones para el hombre de a pie, de las que no sabemos nunca cuál es su resultado y que terminamos cumpliendo siempre los mismos. Hay un sector no poco importante de la población que por falta de efectivo o por desidia no cumple ninguna de las normas establecidas y no sucede nada en definitiva. De modo que el resultado de tantas obligaciones como tenemos, no hace más que recargar la mochila de los que tienen la cultura de cumplir.

Donde es más visible este fenómeno es en la cantidad de reglamentos adicionales que se crearon  para ver si se logra cumplir con lo que la ley dice respecto de cómo circular en motos y automóviles.

La Verificación Técnica Vehicular (VTV) es el control periódico del estado mecánico y de emisión de gases contaminantes de los automotores. Hay leyes que crean el sistema a nivel nacional y provincial y en la provincia de Buenos Aires ha dividido su territorio en 11 zonas VTV, donde se presta el servicio bajo el sistema de concesión privada con pago de canon al Estado provincial. La Provincia, asimismo, controla la presentación del servicio a través del Ente Regulador de la Verificación Técnica de Vehículos dependiente del Ministerio de Vivienda, infraestructura y Servicios Públicos.

La Ley Nº 11.430, en su artículo 22°, dictó que todos los vehículos destinados a circular por la vía pública están sujetos a una revisión técnica. Hoy esta ley ha sido reemplazada por la N° 13.927 y se ha ampliado las sanciones derivadas del incumplimiento a dichas normas debido a la sanción de la Ley N° 23.636, mediante la cual se creó la Agencia Nacional de Seguridad Vial. La provincia de Buenos Aires a través de su Decreto 4103/95 regula el sistema de verificación técnica del parque automotor. Obviamente que la creación de toda esta parafernalia legal y el dispositivo de ejecución de las VTV es procurar que el parque automotor circule en condiciones, se minimicen los siniestros por fallas mecánicas y se disminuya la contaminación ambiental.

Sin embargo, jamás vimos desde su instauración que se haya realizado y publicado ningún estudio sobre gases contaminantes, ni tampoco estadísticas o estudios sobre el estado mecánico de los automóviles, o si efectivamente se logró el cometido de disminuir la tasa de accidentes viales. Eso sí, se crean dependencias de las que nunca sabemos bien a qué se dedican; también sabemos que hay que pagar el canon y pasar por la VTV sobre todo si se piensa en viajar así sea 50 kilómetros de su ciudad, porque las multas que se les pueden aplicar son enormes.

Al fin, como desconocemos los resultados de gases contaminantes, ni conocemos el estado mecánico de los automóviles porque no hay controles respecto del cumplimiento del objetivo, de modo que a todos los efectos es la recaudación de un canon provincial, que se suma a los pagos de patentes y tantas otras obligaciones.

La Ley Nacional de Tránsito, con el objetivo de enfrentar a los “motochorros”, establece cambios en el uso de motocicletas para cometer robos violentos. En este caso no hace falta ninguna estadística para saber que las nuevas medidas no han servido al objetivo. Y, por supuesto, son los motochorros los que no cumplen las nuevas normas, las que han servido para hacer gastar al cumplidor en nominación de casco y chaleco refractario.

Los cambios apuntan a un mayor control de identificación de los motociclistas, dijeron. El Decreto Nº 171/2017 establece “la identificación de dominio del motovehículo adherida en letras y números reflectantes, sin que coincida con el color de fondo del casco” y precisa que esa identificación deberá ser colocada en ambos laterales del casco.

La masividad del uso de motovehículos a lo largo del territorio (...) ha facilitado la concreción de hechos delictivos en la vía pública, altamente reprochables por la sociedad”, sostiene en los considerandos. “La modalidad implementada para cometer hechos delictivos perpetrados desde motocicletas consiste en llevar un acompañante que se encarga de la sustracción de determinado bien o valor a una persona, y un conductor quien emprende luego una acelerada carrera en cuestión de segundos, permitiendo abrirse paso entre vehículos o en dirección contraria, o por las aceras”, detalla.

La norma indica que tanto el conductor como el acompañante tendrán la obligación de utilizar un chaleco reflectante con la identificación del dominio tanto en el frente como en el dorso. El chaleco deberá ser “amarillo puro, amarillo arena o amarillo naranja y entre las dos bandas blancas reflectantes horizontales deberá llevar impreso en letras y números blancos reflectantes el número de dominio del vehículo. Más requisitos, imposible, como imposible es controlar su cumplimiento.

El casco y chaleco con identificación serán de uso obligatorio a los fines de la carga de combustible. Permítanos el lector que nos sonrojemos con esta normativa. ¿Alguien efectivamente la controla? La respuesta está a la vista de todos: no hemos visto ni la utilización generalizada de estas normas, en muchos casos ni siquiera registramos el uso del casco que es una exigencia realmente necesaria y anterior a los pedidos nuevos de chalecos y numeración. Y lo más importante: los motochorros siguen operando tranquilamente en Capital y en provincia sin que veamos ninguna mejoría.

La realidad es que en esta Argentina reglamentarista somos rápidos para agregar nuevas obligaciones, pero no para conocer el resultado objetivo de las normas que creamos a cada paso, sobre todo para recaudar.

Las estadísticas deben ser utilizadas para crear nuevas normativas que intenten llevarlas a los índices óptimos, pero también tiene que haber una estadística posterior a la implementación de estas normas, para saber si realmente la medida elegida fue la adecuada.


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