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Un fallo judicial declaró que no se necesita un juicio político para remover a Gils Carbó


 La procuradora general Alejandra Gils Carbó apelaría el fallo (NA)

'' La procuradora general Alejandra Gils Carbó apelaría el fallo. (NA)

 

El juez Pablo Cayssials declaró la “inconstitucionalidad del sistema de remoción” por juicio político que establece el artículo 76 de la Ley 27.148, por considerar que equipara a la procuradora general con los jueces de la Corte Suprema de Justicia.


Buenos Aires, (NA) - Un juez en lo Contencioso Administrativo Federal declaró ayer inconstitucional un artículo de la Ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal y señaló que no es necesario un juicio político para remover a la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó.

El juez Pablo Cayssials declaró la “inconstitucionalidad del sistema de remoción” por juicio político que establece el artículo 76 de la Ley 27.148, por considerar que equipara a la procuradora general con los jueces de la Corte Suprema de Justicia.

Si bien el fallo será apelado por Gils Carbó, de acuerdo a lo que informaron a la prensa fuentes de su entorno, mientras esté vigente hay un vacío legal sobre el mecanismo de remoción de la procuradora que abre la puerta a que el Poder Ejecutivo la desplace mediante una medida administrativa, como un decreto.

Cayssials hizo lugar a las demandas que presentaron la agrupación Será Justicia y el Colegio Público de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires y aceptó sus argumentos en contra de ese artículo de la ley sancionada en 2015, por impulso del kirchnerismo.

El juez tomó como válido el planteo de las demandas, que argumentaron que la Constitución Nacional no establece el juicio político para remover a quien ocupa la Procuración General y que, en cambio, asemeja la inmunidad del procurador con la de los legisladores.

Según esa argumentación aceptada por el magistrado, el artículo 76 de la Ley del Ministerio Público Fiscal equipara a la procuradora con los jueces de la Corte Suprema al establecer el mecanismo del juicio político para su remoción, pero en el caso del Máximo Tribunal ese mecanismo sí está previsto por la Constitución.

“El privilegio que la Ley 27.148 le concede al titular del Ministerio Público resulta muy superior al que tienen todos los jueces de la Nación (con excepción de los magistrados de la Corte Suprema), lo que resulta incompatible con las exigencias de igualdad y responsabilidad de los funcionarios, contemplados en la Constitución Nacional”, dice el fallo.

Al respecto, agregó que “al establecer el mecanismo de juicio político como modo de remoción del Procurador General, (la Ley 27.148) consagró una barrera casi infranqueable a la responsabilidad del funcionario”.

En el entorno de Gils Carbó creen que el Gobierno prepara un decreto para desplazarla, aprovechando el vacío legal que creó el fallo de Cayssials sobre el mecanismo para remover a la procuradora, según informaron fuentes del Ministerio Público.

Los consultados adelantaron a esta agencia que la procuradora apelará el fallo la semana próxima y que prevé llevar el caso hasta la Corte Suprema pero que, además, está preparando una denuncia ante organismos internacionales sobre “violación del Estado de Derecho”.

 

Por otro lado, el fallo de Cayssials también reclama al Congreso “que asuma su competencia constitucional, a los fines de que establezca un sistema de remoción acorde con las reglas y principios contenidos en la Constitución Nacional”.


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