La reducción comenzó con el decreto 1.399/01 del Poder Ejecutivo, firmado por el entonces presidente Fernando de la Rúa en noviembre de 2001, en plena crisis económica, financiera y social. El Máximo Tribunal pidió el dictado de un nuevo régimen de reparto.
Buenos Aires, (NA) - La Corte Suprema declaró ayer inconstitucional el decreto del Poder Ejecutivo que redujo en 2001 la coparticipación federal de impuestos sin autorización del Congreso de la Nación y pidió un nuevo régimen que deberá encarar el gobierno entrante de Mauricio Macri, que debería desembolsar unos 80.000 millones de pesos adicionales el año próximo.
Además, prohibió al Ejecutivo reducir el monto de fondos coparticipables y pide el dictado de un nuevo régimen de reparto, lo que queda pendiente en vistas de la asunción del próximo gobierno a partir del 10 de diciembre.
La decisión contó con el voto de los ministros Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt y Juan Carlos Maqueda, que dijo en declaraciones a la prensa que se trata del fallo más importante que emitió el Máximo Tribunal en materia de coparticipación hasta el momento.
Ariel Barraud, economista del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (Iaraf), estimó en cerca de 80.000 millones de pesos el monto de la devolución dispuesta por la Corte, si se contabilizan unos 19.800 millones de pesos en términos históricos correspondientes a Córdoba y un monto similar para Santa Fe, que tienen coeficientes de coparticipación casi idénticos.
Con la actualización, la cifra podría ascender a unos 35.000 millones de pesos para cada distrito, más otros 10.000 millones de pesos para San Luis, indicó Barraud.
El fallo determinó la inconstitucionalidad de los artículos 1° inciso a y 4° del decreto 1.399/01 del Poder Ejecutivo, firmado por el entonces presidente Fernando de la Rúa en noviembre de 2001, en plena crisis económica, financiera y social.
Ese decreto estableció una deducción de recursos coparticipables equivalente (en la actualidad) al 1,9 por ciento de la recaudación neta total de los tributos y de los recursos aduaneros, cuya recaudación se encuentra a cargo de la Afip.
En los casos de San Luis y Santa Fe, la Corte consideró que esos fondos eran coparticipables, y en consecuencia que debían devolverse todos y cada uno de los recursos retenidos a las provincias por aplicación de ese decreto.