Pergamino

Explicación detallada de la boleta ante el significativo aumento en la factura de luz


 1- los cargos variables según Zucarelli “son muy difíciles de discriminar porque cambian según el consumo de cada usuario Hoy existen siete cargos variables que dependen exclusivamente de los cuadros tarifarios que determina la Provincia” 2- Con la Cuota de Capitalización de Consumo la Cooperativa Eléctrica debe abonar la energía a Cammesa y hacer frente a los gastos para el mantenimiento de la entidad La Cuota de Capitalización de Alumbrado Público sirve para la expansión y remodelación de alumbrado público 3- Son cuotas opcionales a las que cada usuario adhiere o no 4- IVA (21-en-porciento- para consumidor final y 27-en-porciento- para responsables inscriptos) 5- Ley 729067 es para el Fondo  de Desarrollo Eléctrico Provincial (est destinado a costear estudios proyectos obras interprovinciales que hagan al interés de la Provincia) 6- Ley 9038 Fondo Especial de Grandes Obras Eléctricas Provinciales (su recaudación se afecta a redes centrales generadoras etcétera) 7- Ley 11769 bis- est destinado a la provincia y substituye el pago de Ingresos Brutos Patentes e Inmobiliario a la Cooperativa 8- Ley 11769 ter- Marco Regulatorio Eléctrico- es destinado a la Municipalidad como pago al canon por la concesión del servicio eléctrico y es utilizado para compensar el pago de los consumos municipales 9- Fondo Compensador Provincial- Este fondo tiene como destino homogeneizar las tarifas a nivel provincial es decir su función es asistir a aquellos distribuidores con costos ms altos que la tarifa mxima de la zona 10- Tasa de Alumbrado Público que disponga la Ordenanza municipal en cada distrito (LA OPINION)

'' 1: los cargos variables, según Zucarelli “son muy difíciles de discriminar porque cambian según el consumo de cada usuario. Hoy existen siete cargos variables que dependen exclusivamente de los cuadros tarifarios que determina la Provincia”. 2: Con la Cuota de Capitalización de Consumo la Cooperativa Eléctrica debe abonar la energía a Cammesa y hacer frente a los gastos para el mantenimiento de la entidad. La Cuota de Capitalización de Alumbrado Público sirve para la expansión y remodelación de alumbrado público. 3: Son cuotas opcionales, a las que cada usuario adhiere o no. 4: IVA (21% para consumidor final y 27% para responsables inscriptos). 5: Ley 7.290/67 es para el Fondo de Desarrollo Eléctrico Provincial (está destinado a costear estudios, proyectos, obras interprovinciales que hagan al interés de la Provincia). 6: Ley 9.038 Fondo Especial de Grandes Obras Eléctricas Provinciales (su recaudación se afecta a redes, centrales generadoras, etcétera). 7: Ley 11.769 bis: está destinado a la provincia y substituye el pago de Ingresos Brutos, Patentes e Inmobiliario a la Cooperativa. 8: Ley 11.769 ter: Marco Regulatorio Eléctrico: es destinado a la Municipalidad como pago al canon por la concesión del servicio eléctrico y es utilizado para compensar el pago de los consumos municipales. 9: Fondo Compensador Provincial: Este fondo tiene como destino homogeneizar las tarifas a nivel provincial, es decir su función es asistir a aquellos distribuidores con costos más altos que la tarifa máxima de la zona. 10: Tasa de Alumbrado Público, que disponga la Ordenanza municipal en cada distrito. (LA OPINION)

Llegaron las facturas con aumento y el malestar de los usuarios no se hizo esperar. El presidente de la Cooperativa Eléctrica, Roberto Zucarelli, explicó a LA OPINION los ítems que conforman la boleta y deslindó responsabilidades al asegurar que “los aumentos vienen determinados por el Gobierno”.


El aumento de las tarifas eléctricas ha generado escozor entre los bonaerenses. Las boletas del mes de marzo llegaron con significativos incrementos y esto despertó el malestar de los usuarios que reclaman una explicación ya que consideran que el consumo de energía eléctrica que hacen no va de la mano del precio que indica la factura. Atendiendo este reclamo, que se hizo visible en las calles de Pergamino en la noche del viernes, LA OPINION se propone con el siguiente informa echar luz sobre la incertidumbre reinante y las versiones cruzadas.

Consumos promedios

Son dos los gastos promedios que se registran de consumo en nuestra ciudad: aquellos usuarios que menos consumen tienen un promedio de 180 kilowatts (kw) mientras que una familia tipo de clase media consume entre 250 y 300 kw. Y en este punto es importante destacar que el valor del consumo no está diferenciado por zonas geográficas, lo que sí existen son tres rangos para dividir a la población consumista de energía eléctrica: residencial (consumo en las viviendas), comercial e industrial. “El kilowatt vale lo mismo para todos los usuarios”, aclaró Roberto Zucarelli, presidente del Consejo de Administración de la Cooperativa Eléctrica en una entrevista con LA OPINION. 

Aumentos impuestos

La pregunta de rigor que por estos días los usuarios se hacen es a qué responden los incrementos tarifarios en el servicio de la energía eléctrica. De acuerdo con lo expuesto por Zucarelli, “los aumentos vienen determinados por los Gobiernos provincial y nacional”, es decir, que cada vez que se decide aumentar la tarifa hay una decisión del Ejecutivo bonaerense y nacional en parte, que se aplica a través de resoluciones que se implementan vía el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos provincial y el Ministerio de Energía de la Nación. 

De acuerdo con lo explicado por el presidente de la Cooperativa Eléctrica, el último incremento está justificado por tres puntos: el primer el ajuste dispuesto por la Resolución Nº 419/17 del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos Provincial (a través de la que el Ministerio de Infraestructura del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires dispuso un aumento en las tarifas eléctricas, que va del 49 al 133 por ciento)

El segundo ajuste tiene que ver con la reposición de tributos provinciales suspendidos (Leyes Nº 7290/67 10 por ciento y 9038/78 el 5,5 por ciento); y el incremento del precio mayorista de la energía, que es el valor de compra y es fijado por el Estado nacional puesto a conocimiento de la población en audiencia pública que se realizó el 17 de noviembre de 2017 y reflejado en la Resolución Nº 60/18 en dos tramos que en la zona norte (área en la que se encuentra Pergamino) se aplicará de la siguiente manera: para consumos del 19/01/18 al 31/01/18 en un 14 por ciento de aumento; para consumos del 01/02/18 al 30/04/18 un 8 por ciento adicional.

“Desde enero de 2016 a enero de este año la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (Cammesa), a la que la Celp le compra la energía eléctrica, tuvo un aumento acumulativo del 724 por ciento mientras que el precio promedio del servicio residencial que ofrece la Celp a sus usuarios, considerando el mismo lapso, da un acumulativo del 580 por ciento”, indica una estadística elaborada por la Celp.

La cadena de incrementos

En conclusión, los incrementos del precio final de la energía, según Zucarelli, “los establece el Ministerio de Energía de la Nación, los calcula el Oceba que es el Organismo de Control de la Energía Eléctrica de la Provincia, los dispone el Ministerio de Infraestructura de la Provincia (para el ámbito provincial dichos incrementos fueron difundidos en audiencia pública realizada en Olavarría el 12 de diciembre pasado); y los aplican los distribuidores de energía que actúan en el ámbito provincial, entre ellos la Celp”.

Vale aclarar que la Provincia de Buenos Aires tiene cuatro áreas delimitadas, cada una con un cuadro tarifario diferente: Río de la Plata, Atlántica, Norte -que incluye a la Celp y a Eden (San Nicolás)- y zona Sur. La tarifa es igual para todos los distribuidores de una misma área y los aumentos se dan en todas las áreas de manera simultánea. “Es importante desmitificar que en Pergamino se paga la luz más cara del mundo porque en toda el área norte, es decir, San Nicolás, Junín, Salto, San Pedro, entre otras localidades, los aumentos fueron los mismos”, sostuvo Zucarelli.

Costo final

El valor del kilowatt está constituido por el precio de compra de la energía (que es lo que la Celp le paga a Camesa) más el valor agregado de distribución (que es el ingreso que tiene el distribuidor, como la Celp, para afrontar todos sus costos de operación y el mantenimiento de la infraestructura de la red eléctrica)

Item por ítem

El mayor reclamo de los usuarios versa en solicitar una explicación sobre la descripción de los conceptos facturados que figuran en la boleta del servicio eléctrico de la Celp. Animados por esa solicitud, el Diario se propuso realizar una descripción de los diferentes conceptos que figuran en la factura. 

En líneas generales los porcentuales de la tarifa quedarían de la siguiente manera: 55 por ciento de cargos variables y fijos, 4 por ciento de cuotas capitales y 41 por ciento de impuestos y leyes. 

En este sentido Zucarelli explicó que los cargos variables y fijos, que se ven en la parte superior de los “conceptos facturados”, “son muy difíciles de discriminar porque cambian según el consumo de cada usuario. Hoy existen siete cargos variables que dependen exclusivamente de los cuadros tarifarios que determina la Provincia. Para quienes tienen Tarifa Social los costos variables son distintos”. 

El último tramo de la facturación corresponde a cargos impositivos y otros, impuestos por el Estado nacional. 

Según la explicación, la Ley Nº 11.769, artículo 72 bis (0,06 por ciento), con destino a Rentas generales de la Provincia.

Ley Nº 11.769, artículo 72 ter (6 por ciento), es destinado a la Municipalidad como pago al canon por la concesión del servicio eléctrico y es utilizado para compensar el pago de los consumos municipales.

Ley Nº 7.290/67 (10 por ciento solo para consumos residenciales): Fondo de Desarrollo Eléctrico Provincial (está destinado a costear estudios, proyectos, obras interprovinciales que hagan al interés de la Provincia).

Ley Nº 9.038/78 (5,5 por ciento solo para consumos residenciales): Fondo Especial Grandes Obras Eléctricas Provinciales (su recaudación se afecta a redes, centrales generadoras, etcétera).

Fondo Provincial Compensador Tarifario (5 y 3 por ciento según tipo de tarifa): compensa las diferencias de costos propios de distribución entre los distintos concesionarios. 

IVA: 21 por ciento para consumidor final y 27 por ciento para responsables inscriptos.

En el marco de la Ley provincial Nº 10.740 debe adicionarse la Tasa de Alumbrado Público que disponga la Ordenanza municipal en cada distrito.

“Tenemos una factura recargada de impuestos y desconocemos adónde va ese dinero”, señaló Zucarelli.

Dos gravámenes

La Ley Nº 7.290 y la Nº 9.038 estuvieron suspendidas cautelarmente entre mayo 2016 y noviembre de 2017, por las acciones judiciales interpuestas por los concejales Ramiro Llan de Rosos y Carlos Elizalde, en su calidad de usuarios, ya que estas prerrogativas les son permitidas únicamente a los consumidores, no a las entidades ni a los funcionarios.  La Cámara en lo Contencioso Administrativo puso fin a esta medida provisoria y volvió al estatus anterior.  Se deduce, entonces, que por la reposición de ambos gravámenes existiría una deuda que en el corto o mediano plazo debe ser abonada.

Cuotas de Capitalización

El dinero que dispone la Cooperativa Eléctrica, luego de cubrir la compra de energía a distribuir y pagar a empleados y proveedores, es el recaudado con las cuotas de capitalización. Con este monto la Cooperativa Eléctrica debe abonar a Cammesa y hacer frente a gastos utilizados para administrar los recursos que hacen al mantenimiento de la entidad.

La Cuota de Capitalización del Alumbrado Público, que es de 12 pesos, “es lo que percibimos nosotros y la Cuota de Capitalización de Consumo. Sobre esta última la Cooperativa se comprometió a que, a medida que hubiese modificaciones en el cuadro tarifario, esta cuota iba a tender a desaparecer y así pasó de ser del 0,9 a 0,5 por ciento que se aplica al consumo y que en promedio es de 24 pesos. Ambas son cuotas fijas”.

-¿Para qué utiliza la Celp la Cuota de Capitalización de Alumbrado Público?

-Sirve para la expansión y remodelación de alumbrado público. Es una cuota que se creó en los primeros años de la década del ''''80. Llevamos colocadas 18.000 columnas.

También se utiliza una parte para la nueva estación transformadora, específicamente para la compra de insumos que servirán para traer la energía a la ciudad.

Opcionales

Por otra parte la Cuota de Servicios Sociales es  opcional y es en promedio de 105 pesos. Otro rango que es opcional es la cuota societaria de los Bomberos Voluntarios que es de 40 pesos aproximadamente. Las últimas dos responden a decisiones personales.

Tarifa Social

Es importante aclarar que quienes gozan del beneficio de la Tarifa Social deben cumplir una requisitoria específica. “Las personas que pueden acceder a la Tarifa Social son determinadas por el Gobierno nacional pero nosotros como Cooperativa somos mediadores. Por eso los interesados en adherirse a dicha tarifa deben presentarse en la Celp, desde allí nosotros hacemos las gestiones pero quien determina la aprobación o no del trámite es el Gobierno nacional”, aclaró Zucarelli.

Malestar lógico

Zucarelli reconoce y comprende que exista un malestar generalizado entre los usuarios de diferentes distritos de la provincia de Buenos Aires “y por eso queremos desde el Celp dejar en claro que el monto del kilowatt lo dispone el Gobierno provincial. Nosotros solo acatamos y trasladamos el precio pero entendemos que la gente se queje ante la Cooperativa Eléctrica porque es una especie de cara visible aunque les pedimos a los usuarios que sepan que no manejamos los cuadros tarifarios”.

En muchas oportunidades los reclamos de los usuarios van orientados a que la Cooperativa reduzca su gasto operativo y de mantenimiento (particularmente la nómina de empleados) para de esa forma achicar el importe final de cada factura. Consultado sobre esta posibilidad, el presidente de la Celp afirmó que “es casi imposible reducir este gasto porque no tenemos mucho margen de dinero para el mantenimiento. Con el personal no podemos accionar porque todos están bajo el convenio colectivo de trabajo del gremio Luz y Fuerza y que debe ser respetado. La Cooperativa tiene un plantel de 178 empleados. Por lo demás, en la Celp no se hace ningún movimiento si no hay concurso de precios antes, seguro hay que tener y las horas extras hay que pagarlas por lo que trabajan los operarios ante hechos como el tornado del 22 de diciembre”.

Tarifazos sin paritarias

Considerando el fastidio de los usuarios, el presidente de la Celp analizó que, a su criterio, “hay algo que hace mal el Gobierno y es aumentar las tarifas de los servicios antes de que los trabajadores recompongan sus salarios en las negociaciones paritarias. Esto provoca un desfasaje”.

Ante cualquier duda los usuarios pueden consultar con los delegados barriales, a ellos la Celp les hizo llegar material explicativo para que puedan informar a los ciudadanos de sus barrios. “La idea es que lo transmitan”, comentó el presidente.

Por último Zucarelli invitó a que aquellas personas que tengan algún inconveniente con la factura se acerquen a la Cooperativa que nosotros, en la medida de nuestras posibilidades, vamos a ayudarlos”.


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