Editorial

La extinción de dominio otra vez a foja cero


Los bloques opositores en el Congreso lograron los votos para rechazar los tres polémicos DNU firmados por el presidente Mauricio Macri a principio de año. Los decretos sobre extinción de dominio, privatización de frecuencias de Arsat y la creación de la Agencia de Deporte Nacional, en reemplazo de la Secretaría de Deportes, recibieron el dictamen negativo de la mayoría de la Bicameral Permanente de Trámite Legislativo.

Los votos para rechazar los tres DNU fueron aportados por los legisladores del interbloque peronista Argentina Federal, el Frente para la Victoria-PJ más la senadora salteña Cristina Fiore.

En realidad el decreto por la extinción de dominio fue lo que generó el milagro de la unidad del peronismo. Tanto para aprobar el proyecto de ley que buscaba instaurarlo como para rechazar el decreto que lo impone, al parecer, hay acuerdo.

En rigor de verdad, el oficialismo y la oposición quedaron igualados en cantidad de votos, pero el presidente de la Bicameral, Marcos Cleri (FpV) se encargó de inclinar la balanza a favor del rechazo. Ahora, los decretos deberán ser tratados por ambas Cámaras y la oposición deberá ratificar el rechazo para conseguir la anulación.

El decreto en cuestión fue presentado en enero por el presidente Mauricio Macri en una conferencia de prensa en el Salón Blanco, iniciando el año político con un gesto fuerte que apuntaba a recuperar bienes de la corrupción. Fue bien recibido por los ciudadanos, pero recibió críticas de especialistas, constitucionalistas y el arco opositor por avanzar unilateralmente en materia de legislación penal, por invertir la carga de la prueba y por intentar confiscar bienes con retroactividad. Estos fueron los motivos que esgrimieron los senadores para no aprobarlo en su momento, motivando la decisión de sacarlo por decreto.

¿Por qué Macri dicta un DNU en vez de esperar a que el Congreso sancione una ley?

Precisamente porque diputados y senadores no se pusieron de acuerdo sobre el contenido de la ley, puntualmente en lo que respecta a la carga de la prueba y la retroactividad de la aplicación.

En 2016, tras el escándalo de las valijas de José López, la Cámara Baja le dio media sanción a un proyecto de extinción de dominio por amplio margen de votos: 135 de Cambiemos, el massismo y el PJ, contra 50 negativos, del Frente para la Victoria y la izquierda. Pero el Senado durmió la iniciativa durante todo 2017, por considerar que el texto era malo e inconstitucional. Como al culminar 2018 perdería estado parlamentario, había empezado a crecer la presión sobre los senadores para que la trataran. Esto se produjo finalmente en agosto pasado, cuando se aprobó un proyecto impulsado por el PJ, totalmente diferente al de Diputados. La Cámara Baja podría haber convalidado los cambios del Senado o haber insistido en su media sanción. Pero no hicieron nada. Por eso no hay ley y se recurrió a la vía del decreto.

¿Qué diferencias hay entre el proyecto de Diputados y el del Senado?

Según el proyecto de Diputados, simplemente con una imputación cualquier fiscal puede pedirle a un juez civil que dicte la extinción de dominio, que puede resolverse sin que haya sentencia penal, es decir con la sola sospecha de que una persona le robó al Estado mediante distintas maniobras. En cambio, el proyecto del PJ aprobado por el Senado establece como condición para habilitar la extinción de dominio que haya una condena penal confirmada al menos en segunda instancia.

Si bien ambas posiciones son atendibles y ambas de práctica en distintos países, hay un factor que debe ser tenido en cuenta al optar por una y otra variante de forma: los tiempos de la Justicia argentina y lo que un sindicado puede hacer con los bienes –supuestamente- mal habidos durante el lapso hasta que su condena sea ratificada. Y también el otro fin que persigue la norma: el combate a la corrupción y el narcotráfico, que necesita de acciones condenatorias efectivas, rápidas y disuasivas. De lo contrario, como dice el refrán, “hecha la ley, hecha la trampa”. Además, la condena sobre la persona puede no tener relación con el origen indebido de los bienes. Es decir, puede ser que un funcionario, por ejemplo, no resulte condenado por un hecho pero de todos modos poseer bienes de origen ilícito.

En 1970 el presidente de Estados Unidos Richard Nixon le declaró la guerra a las drogas e instauró la confiscación civil de bienes de propiedad privada provenientes de un ilícito, como un instrumento de política criminal en la lucha contra el narcotráfico. Esta situación jurídica, en la cual no se analiza la responsabilidad criminal del sujeto sino el origen de los bienes, consiste en que el Estado obtiene la titularidad de pertenencias con supuesto origen ilícito, sin compensación y sin condena del acusado, justificándolo en que no hay derecho de dominio por ser ilícito. De este fundamento surge también que se puede aplicar la retroactividad de la ley.

En lo político, parece ser que en nuestro país el cómo se impone siempre al qué. El arco político mayoritariamente está a favor del decomiso de bienes de origen ilícito, pero no existe un consenso sobre el cómo. Y en este punto, se estanca una norma que la Justicia, y especialmente la sociedad, necesitan imperiosamente para que el combate contra narcotráfico y corrupción sea certero y con efectos reales.

Desde la resistencia jurídica apuntaron a la dudosa constitucionalidad del proyecto y a la posibilidad de quitarle la titularidad patrimonial a un sujeto sin condena criminal de culpabilidad, con el solo hecho de ser llamado a indagatoria.

En teoría todo es atendible, pero mientras teorizamos “por defecto”, anteponiendo los posibles yerros judiciales en que se podría incurrir (muy raro que un sindicado de corrupto no lo sea)  a los beneficios de poder aplicar una normativa por demás de efectiva y necesaria, los delincuentes de guante blanco siguen creciendo patrimonialmente y arbitrando los medios para que sus bienes se tornen imperceptibles para la Justicia.

Los números son alarmantes y los antecedentes negativos. En materia de lavado de dinero, María Julia Alsogaray, IBM-Banco Nación y el contrabando de armas son los casos más notorios donde se decomisaron solamente 6 millones de dólares, cuando el perjuicio al Estado se calcula en 100 veces superior a ese monto. En la actualidad en materia de narcotráfico, según la ministra Bullrich, la Procelac detectó en los últimos cinco años maniobras de lavado narco en nuestro país por 4.000 millones: al cartel de Alvarez Meyendorff se le detectaron bienes por un valor de 920 millones y a la conocida banda criminal de Rosario “Los Monos” se le descubrieron 55 automóviles, cuatro motocicletas y siete inmuebles. Frente a todo esto, entre fuerzas de seguridad, Sedronar e inversión, el Estado destina unos 7.880 millones, lo que representa 0,9 puntos del PBI. Mientras tanto, muchos de nuestros legisladores se preocupan por el momento en que se desapodera a los delincuentes de su patrimonio indebido, temiendo que esta quite resulte, a la postre, indebida. Dados los tiempos de nuestra Justicia y la velocidad con que corruptos y narcotraficantes “blanquean” sus sucios ingresos, ¿no sería procedente, primero sacar una ley/decreto ya mismo, y segundo, desactivar económicamente al acusado ni bien cae bajo el ojo de la Justicia? Porque el principio de inocencia no se pierde si lo que se pone en consideración es la manera en que fueron conseguidos los bienes a decomisar. Luego, que el sindicado siga su camino judicial.

Ya sea porque no se esmeran por sacar la ley o porque a consecuencia se toparon con un decreto que ahora rechazan, los legisladores opositores dejan una vez más en claro que no trabajan para la sociedad, que ejercen una oposición poco constructiva y, sobre todo, que cuanto más liviana y lenta llegue la extinción de dominio, mejor. Para ellos, claro.


Otros de esta sección...
BuscaLo Clasificados de Pergamino y su región
Buscar en Archivo
Tapa del día
00:00
15:42
Errores:  0
Pistas:  38

Tu mejor tiempo:
12:07
Registrate o Ingresá para poder guardar tus mejores tiempos.

Nueva Partida
1 2 3 4 5 6 7 8 9
Editorial
Funebres
Perfiles Pergaminenses
Lejos del pago
Farmacias de turno

LO MÁS LEÍDO