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La Defensoría del Pueblo busca modificar la Ley de Certificado de Discapacidad


 Conforme lo establece la Ley N° 22431 el CUD tiene fecha de vencimiento- dura lo que indica la Junta Evaluadora (ACTUALIDAD SUR)

'' Conforme lo establece la Ley N° 22.431, el CUD tiene fecha de vencimiento: dura lo que indica la Junta Evaluadora. (ACTUALIDAD SUR)

Atento a evitar la posible vulneración de derechos y la discriminación, resulta indispensable la eliminación por parte del Estado de la exigencia de renovación del CUD en los casos de discapacidades permanentes e irreversibles. Ello es regulado por la Ley Nº 22.431, y las normas complementarias.


En el marco del Día Mundial de Personas con Síndrome de Down, que fue celebrado el jueves, y teniendo en cuenta la consigna de “No dejar Nadie Atrás”, la Defensoría del Pueblo de la provincia de Buenos Aires solicitó que se apliquen ciertas modificaciones en la tramitación del Certificado Unico de Discapacidad.

Atento a evitar la posible vulneración de derechos y la discriminación, que afectarían principalmente a niños, niñas y adolescentes, el Defensor del Pueblo Adjunto, Walter Martello, remarcó que “resulta indispensable la eliminación por parte del Estado de la exigencia de renovación del CUD en los casos de discapacidades permanentes e irreversibles, sin perjuicio de los controles periódicos que puedan exigir las Juntas Evaluadoras”.

Sujetos de derechos

La Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que tiene jerarquía constitucional en nuestro país, reafirma que dichas personas, incluidas quienes tienen síndrome de Down, deben gozar de los derechos humanos en igualdad de condiciones. Por ello, según Martello, las personas con discapacidad no deben ser "objeto" de políticas caritativas o asistenciales ya que son "sujetos" de derechos humanos.

“Las desventajas sociales que sufren no deben abordarse a partir de la ‘buena voluntad’ de otras personas o de los gobiernos. Se debe encarar y modificar los aspectos estructurales, porque esas desventajas son violatorias del goce y ejercicio de sus derechos humanos”, destacó el Defensor del Pueblo Adjunto. Y agregó: “En particular, son los niños y niñas con discapacidad quienes suelen ser objeto de discriminación múltiple e interseccional, como bien lo ha reconocido recientemente el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU”.

Cambiar la Ley

Conforme lo establece la Ley Nº 22.431, y las normas complementarias, el Certificado Unico de Discapacidad tiene fecha de vencimiento: dura lo que indica la Junta Evaluadora. Ahora bien, ese límite contraría el espíritu de la Convención al someter a las personas con discapacidad y/o a su grupo familiar a la realización de engorrosos y burocráticos trámites a la hora de solicitar su renovación. Por ello, Martello propuso incorporar como último párrafo del artículo 3º de la Ley Nº 22.431 los siguientes parámetros: "Acreditada la discapacidad permanente e irreversible del afectado, el certificado se expedirá por única vez y de forma definitiva, y deberá consignarse en el mismo su fecha de emisión”.

Síndrome de Down

El Defensor del Pueblo Adjunto también advirtió que la Argentina no tiene datos estadísticos oficiales de Síndrome de Down. Concretamente, la encuesta sobre discapacidad, que fue realizada el año pasado por el Indec, solo contiene datos de patologías mentales o cognitivas sin mayores especificaciones. Por ello, desde el tercer sector se aporta el único estudio cuantitativo, realizado sobre la base de la información de los familiares que concurren a la Asociación Síndrome de Down de la República Argentina (Asdra): Uno de cada dos niños, niñas y adolescentes con Síndrome de Down concurre a un establecimiento educativo común.

El 29 por ciento no posee maestra integradora.

En cuatro de cada 10 casos, la autoridad del colegio exige la doble matriculación en una escuela especial.

El 85 por ciento concurre a un establecimiento privado.

Solo el 14,2 lo hace en un estableciendo público y solo el 8,3 por ciento de las personas con Síndrome de Down culminó los estudios secundarios.

De quienes realizaron reclamos ante organismos públicos y o privados: El 72 por ciento lo hizo ante la obra social.

Un 20 por ciento reclamó ante el Inadi, con lo cual dos de cada 10 sufrieron episodios de discriminación.

Contrariamente a lo que se cree, entre las personas encuestadas, mayores de 18 años, el 72 por ciento manifestó haber votado alguna vez.


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