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Anses: rige un horario de atención preferencial a mayores de 60 años


 La medida fue dispuesta para que los adultos mayores no esperen en las puertas del organismo   (LA OPINION)

'' La medida fue dispuesta para que los adultos mayores no esperen en las puertas del organismo. (LA OPINION)

La franja horaria es de 8:30 a 10:30 y es para atención presencial en la oficina de calle San Nicolás 623. Por otro lado se informó que se están generando nuevos turnos de atención aunque son limitados.


Desde el lunes, considerando las bajas temperaturas, en la oficina de Anses (calle San Nicolás 623), rige un horario de atención preferencial para mayores de 60 años de 8:30 a 10:30. Le decisión fue tomada considerando el frio y con el objetivo de que los adultos mayores no esperen afuera.

La idea es que los turnos de inicio de prestaciones previsionales y de trámites de jubilados y pensionados se concentren en dicho horario. Además se evitará de esta manera minimizar el contacto entre adultos mayores y otras personas que asistan a la Udai.

Por otro lado desde la Unidad de Atención Integral de nuestra ciudad se informó que se están generando nuevos turnos de atención aunque son limitados habida cuenta que el personal dispuesto para la atención es reducido. Los turnos pueden solicitarse a través de la web de Anses: www.anses.gov.ar o personalmente en la oficina (San Nicolás 623).

De manera presencial se pueden realizar diferentes tramitaciones, tales como: subsidio de contención familiar, monotributo social, cambio de obra social, asignaciones familiares para activos y jubilados, desempleo, cambio de banco, apoderados, discapacidades, inicio de jubilaciones y pensiones, Asignación Universal por Embarazo, Asignación Universal por Hijo, maternidad y prenatal, Sistema Unico de Asignaciones Familiares y reclamos en general aunque se aclara que muchos de éstos trámites pueden realizarse por atención virtual y, en la medida de lo posible se solicita a las personas que lo hagan por ese medio ya que se trata de fortalecer los canales alternativos a la atención presencial.

En este sentido también se aclaró que se puede mandar un mail a la casilla de correo [email protected] o llamar a la línea 130 (atención personalizada de 8:00 a 16:00 y respuesta automática sobre trámites las 24 horas).

Suspensiones

Por otro lado se recuerda que la presentación de formularios y libretas están suspendidos por lo que nadie dejará de cobrar una prestación por no presentar libretas de escolaridad.

Supervivencia

De acuerdo con la Resolución número 235/2020, la Anses decidió prorrogar la suspensión de la realización del trámite de supervivencia/ Fe de Vida para los jubilados y pensionados para el cobro de las prestaciones de los meses de julio y agosto.

Esto significa que no es necesario que los beneficiarios concurran a los bancos para hacer el trámite.

La medida tiene como objetivo garantizar el cobro de las jubilaciones, pensiones y Pensiones No Contributivas (PNC) en el marco de la pandemia por el Covid-19.

Pago de cuotas

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) suspendió el pago de las cuotas para los créditos vigentes por los meses de julio y agosto de 2020 de su programa de financiamiento para jubilados y pensionados, a través de la Resolución 2/2020.

La norma, que forma parte de las medidas dictadas para paliar el impacto económico de la pademia de coronavirus, estableció además que los beneficiarios alcanzados por esta medida no podrán solicitar el otorgamiento de nuevos préstamos del Programa Créditos Anses.

A su vez, indicó que, en los créditos otorgados a titulares de Asignación Universal por Hijo (AUH) y Asignaciones Familiares (Suaf), la suspensión de cuotas dependerá de que el menor por el cual se percibe la prestación no alcance durante ese lapso los 18 años, salvo en el caso de personas con discapacidad.

Recordó que el cobro de este beneficio se establece hasta la mayoría de edad, en cuyo supuesto no se aplicará el descuento, aún si se ha otorgado con la inclusión de otros hijos menores de edad.

La resolución también determinó que la suspensión del cobro de las cuotas de julio y agosto quedará sujeta a la fecha de vencimiento del beneficio que perciben los titulares de prestación por Invalidez.

Por último, la medida exceptuó del límite de edad máxima para acceder a los créditos que se considera para los beneficiarios a la fecha de finalización del pago de los mismos, a los tomadores que se encuentren alcanzados por la suspensión del cobro de cuotas, según sean titulares de prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (Sipa), Prestaciones No Contributivas (PNC) de Vejez, Invalidez y Madres de más de Siete Hijos, y Pensión Universal al Adulto Mayor (Puam).


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