Pergamino

El Municipio demandó a la Provincia por la inscripción para la vacunación en unidades básicas


 El afiche con el que se promocionaba la campaña en Pergamino

'' El afiche con el que se promocionaba la campaña en Pergamino.

Se alega que está la resolución del Ministerio de Salud de la Nación Nº 2883/2020 que indica la necesidad de invitar a los gobiernos provinciales y municipales a implementar acciones de difusión y comunicación relacionadas con la importancia del Plan de Vacunación pero aquí se convocaba a locales de La Cámpora, PJ y Nuevo Encuentro.


La Municipalidad de Pergamino presentó en la mañana de este martes una demanda judicial en el Juzgado Contencioso Administrativo de Pergamino contra el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires por “promover, permitir y propiciar la asistencia, ayuda e inscripción en el Plan Vacunatorio Provincial de la población por parte de organizaciones políticas partidarias en el Partido”.

Dicha demanda se trabajó en conjunto con la agrupación Abogados en Acción.

Cabe aclarar –dice la denuncia- que en la propia resolución del Ministerio de Salud de la Nación Nº 2883/2020 se indica la necesidad de invitar a los gobiernos provinciales y municipales a implementar acciones de difusión y comunicación relacionadas con la importancia del Plan de Vacunación”.

Asimismo, se aclara que “la participación en dicho Plan de ‘organizaciones civiles’, debe ser establecido en cada caso mediante el acto administrativo pertinente que les de sustento, y que a su vez permita garantizar a la población cuáles asociaciones civiles cuentan o no con dicho aval, cuáles son sus cometidos, cuál es el límite de dicha participación, y sobre todo garantizar que están en condiciones técnicas y de capacitación para hacerlo”.

Por todo lo expuesto, en la demanda que el Municipio presentó se expresó que “la sola existencia de esta resolución de orden nacional, no permite justificar ni dar sustento a las conductas materiales de la Provincia de Buenos Aires, consistentes en delegar de hecho en estas asociaciones político-partidarias el asesoramiento y difusión del plan vacunatorio, sin contar en su apoyo con los actos administrativos particulares requeridos en cada caso”.

Registración de turnos

En la demanda, el Municipio sostiene que “no se establece de modo alguno que la forma de sacar turnos pueda realizarse por otros canales que no sean los oficiales o institucionales de la Provincia o municipios”.

A raíz del inicio de dicho Plan Vacunatorio comenzaron a aparecer distintos movimientos políticos oficialistas por medio de los cuales se comenzó a “asistir y ayudar” en la registración de turnos.

En este sentido, se expresó: “Es claro que es la propia Provincia, por canales o vías de hecho ilegítimas, quien está haciendo allí uso político y partidario de la campaña de vacunación contra el Covid 19, llevada adelante por medio de distintos dirigentes del Frente de Todos, un proceso que debiera ser pura y exclusivamente a cargo de la autoridad pública con competencia en salud, en el caso la Provincia de Buenos Aires, y los municipios”.

En dicha demanda se adjuntaron documentos donde se fomentó a que los vecinos del Partido de Pergamino se registren, además de Ioma, Pamiy el Hospital San José, en la Unidad Básica La Cámpora; el “Bloque de Concejales FDT”; el “Local Frente de Todos”; y la “Unidad Básica Nuevo Encuentro”.

Es por este detalle mencionado que en la demanda se expresó: “Se ha observado el uso político mediante la convocatoria a través de distintos materiales digitales, gráficos, y colocación de mesas partidarias en distintos municipios, entre ellos, el de Pergamino. Esta labor de asistencia debe ser brindada por el Estado, no por militantes no capacitados, ni autorizados para ello. La Provincia claramente se esconde, y se disfraza por esta vía de hecho, tras el ropaje de las organizaciones políticas oficialistas, para un uso indebido de una pandemia en beneficio del partido gobernante”.

“La conducta de la Provincia –concluye la demanda- acompañando y apoyando institucionalmente en los hechos (sin acto administrativo que le de sustento), sea por su acción u acción por omisión, conforma en el caso, una vía de hecho ilegítima, pone no solo en riesgo la salud de la población, sobre todo de quienes carecen de recursos y menor información, sino también, conlleva declinar de sus competencias irrenunciables, y del poder de policía en materia de salubridad pública”.


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