Pergamino

Quedó inaugurada la Cámara Gesell en el Colegio de Abogados


 Canclini Flageat y Pimpinatti en la nueva sala para la realización de Cmara Gesell (PRENSA COLEGIO DE ABOGAS-MARISA FLORES)

'' Canclini, Flageat y Pimpinatti en la nueva sala para la realización de Cámara Gesell. (PRENSA COLEGIO DE ABOGAS-MARISA FLORES)

La creación de este espacio se enmarca en el programa de Justicia Penal Restaurativa a través de un convenio firmado entre la institución que agrupa a dichos profesionales, el Municipio y la Unnoba. La ciudad cuenta con una nueva sala, la cual podrá ser solicitada por los distintos organismos e instituciones que acrediten su solicitud.


Días pasados quedó inaugurada formalmente la Cámara Gesell en el edificio del Colegio de Abogados de Pergamino (CAP), Rivadavia 328, dentro del programa de Justicia Penal Restaurativa que había sido firmado a través de un convenio entre el Colegio, la Municipalidad de Pergamino y la Universidad Nacional del Noroeste de la Provincia de Buenos Aires, en agosto pasado.

El vicepresidente del CAP, doctor Mariano Canclini, fue quien estuvo presente en el momento en el que se firmó el convenio y destacó que dentro de los puntos que se resaltan en el acuerdo se encuentra la Cámara Gesell. Los operadores de este programa son abogados de la matricula y en el caso de la realización de la Cámara Gesell actúa un equipo interdisciplinario.

Por convenio

En el convenio que fuera firmado en la Unnoba, se expresaba claramente “conformar y capacitar a un equipo de operadores altamente especializados que puedan diseñar estrategias de intervención alternativas a través de la participación de la víctima, el victimario y el micro-comunidad. Desarrollando protocolos y diseñando procesos de coordinación y/o estrategias entre las diferentes instituciones; estableciendo mecanismos de seguimientos y evaluación como valoración y propuestas de mejora. Disminuyendo los niveles de reincidencia de los victimarios, promoviendo espacios para que las victimas se sientan efectivamente restituidas generando un compromiso de los micro-comunidades con relación a la delincuencia”. Contemplando ello es que se dio curso a la creación de la Cámara Gesell.

Cómo funciona

Respecto a lo que significa la Justicia Restaurativa, desde el Colegio explicaron que “es tratar de que el victimario acepte que no haya una retribución a través de una sanción penal sino una restauración de ese victimario hacia la víctima. Por ejemplo: si un menor roba, puede llegar a tener una sanción. ¿Pero qué es lo que se pretende con esto? Es no caerle directamente con el peso de la ley sino que de alguna manera quede restaurada socialmente esa victima por el mismo victimario”.

Cabe aclarar que dentro del Colegio de Abogados, la Cámara Gesell (CG) se ha aplicado por ahora solo a victimarios, aun no se ha llegado a la víctima ya que “es todo un proceso dentro de este programa en el cual se aplica solo para menores, por lo que en este caso el ejemplo es con el victimario, pero que también puede aplicarse en menores víctima, por ejemplo, de un abuso sexual”.

En Pilar y Pergamino

A modo explicativo, desde el CAP subrayaron que el Juzgado Penal de Responsabilidad Juvenil de la doctora Gladys Hamué es el que más ha planteado tener una interacción con este programa de Justicia Restaurativa. Este programa está funcionando dentro de la provincia de Buenos Aires en San Isidro y Pergamino. Si bien hay otros departamentos judiciales, recién se están firmando este tipo de convenios y se les está dando la capacitación a los operadores que van a utilizarla. En este punto es importante aclarar que los operadores que actúan en Pergamino fueron capacitados cuando se firmó el convenio y son mediadores.

Sala especial

Con la remodelación de la CG en las instalaciones del Colegio de Abogados, la ciudad cuenta con una nueva sala, la cual podrá ser solicitada por los distintos organismos e instituciones que acrediten su solicitud. Esta restauración se enmarca dentro de una de las premisas de las autoridades del Colegio, que es la de tener una institución con las puertas abiertas no solo a los colegas sino además a toda la comunidad.

Canclini destacó que “esta CG es una sala acondicionada a los efectos de que los menores victimarios puedan en este caso hacer una declaración, que son los que hasta ahora participaron del programa, y que un equipo disciplinario escuche esa declaración y en cada intervención firme un contrato de confidencialidad a los efectos de que nada de lo que surja de esa declaración pueda salir de la grabación de ésta. La CG sirve para que cada persona que realice su intervención, tenga toda la amplitud para declarar sin que se sienta cuestionada por las consultas de distintas personas, en general las preguntas se las transmite un psicólogo”.

Declaraciones

Según la Ley Nº 13.954, la CG es el lugar donde se realizan las declaraciones testimoniales de niñas, niños y adolescentes menores de 16 años, víctimas de algunos de los delitos tipificados en el Libro II Título III del Código Penal. Deberán ser interrogados por un fiscal, juez o Tribunal quien podrá solicitar la intervención de un psicólogo o profesional especialista en maltrato y abuso sexual infantil, quien velará por el resguardo de la integridad psíquica y moral del niño, con facultad de sugerir la prescindencia de preguntas que puedan producir su menoscabo.

La declaración se tomará en una sala acondicionada con los elementos adecuados a la etapa evolutiva del menor, pudiendo disponerse, cuando así lo aconseje el profesional interviniente, que las alternativas del acto sean seguidas por las partes y demás interesados desde el exterior del recinto a través de vidrio espejado, sistema de audio, equipo de video o cualquier otro medio técnico con que se cuente. A fin de evitar la necesidad de repetición de la declaración del menor en forma personal, se observarán las exigencias del artículo Nº 274 del CPP disponiendo el video-filmación u otro medio de similares características de registración del acto, para su eventual incorporación al debate oral. Estos registros serán confidenciales y solo podrán ser exhibidos a las partes del proceso… ().

Para no reincidir

Para finalizar, Mariano Canclini aseguró que “la Justicia Restaurativa tiene como objetivo la no reincidencia y la no estigmatización o doble victimización es decir ya hubo una víctima por un hecho delictivo o sea que esa persona que cometió ese delito no vuelva a ser una víctima del sistema. Lo que busca este proyecto es cumplir con lo que la misma Constitución, que las cárceles deben ser a los efectos de re sociabilizar a la persona que por un motivo llego a cometer un delito”.


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