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Agresor condenado: golpeó a la víctima con un caño y dos ladrillos


 El hecho se registro en un horno de ladrillos propiedad de la víctima que sufrió lesiones graves (RADIO DON)

'' El hecho se registro en un horno de ladrillos propiedad de la víctima que sufrió lesiones graves. (RADIO DON)

Según la investigación de la Justicia, el acusado le provocó sendas fracturas en sus brazos a finales de enero del año pasado. El episodio ocurrió en un predio ubicado en la zona oeste de la ciudad, donde existe una cantera y un horno de ladrillos propiedad del hombre afectado. El golpeador deberá cumplir un año y 20 días en prisión. 


La Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 5, a cargo de Guillermo Villalba, obtuvo una condena de efectivo cumplimiento por la violenta conducta protagonizada por un sujeto que lesionó en ambos brazos a un ladrillero de la ciudad.

El acusado lesionó a la víctima, primero con un caño y luego arrojándole ladrillos contra su cuerpo, provocándole sendas fracturas en sus brazos. El episodio ocurrió a finales de enero del año pasado, en un predio ubicado en la zona oeste de la ciudad, donde existe una cantera y un horno de ladrillos propiedad de la víctima. El ahora condenado llegó al lugar a bordo de un camión volcador acompañado por un muchacho conocido por el denunciante a buscar tierra. Aparentemente, la víctima estaba dando vueltas en el pisadero del horno con su tractor y pudo ver que se acercó el acusado, y cuando se aprestaba a bajar del rodado, sin mediar palabras comenzó a pegarle con un caño en los brazos, y cuando pudo salir del tractor recibió dos ladrillazos también en sus brazos, para retirarse del lugar a bordo de su camión. Como resultado de la violencia ejercida, sufrió la fractura de los dos miembros superiores. En sede de Fiscalía se indagó al denunciante sobre el porqué de la agresión, y el mismo respondió que meses antes el mismo sujeto le habría robado una bomba hidráulica y las mangueras de un camión que tenía en la cantera y lo había confrontado por eso, pero como conocía a su familia no había realizado la denuncia policial para no perjudicarlo.

Los elementos esgrimidos por la acusación a la hora del juicio oral, llevado a cabo por el juez Carlos Picco, fueron principalmente los testimonios aportados por una persona que ayuda al denunciante en el horno y por las hijas, que lo convencieron de realizar esta denuncia. Otras pruebas presentadas por el fiscal Villalba fueron los informes médicos elaborados por la asesoría pericial departamental, por el médico forense de Policía Científica y la historia clínica del agredido, quien por la gravedad de sus lesiones se dirigió a la guardia de Hospital Interzonal "San José" el mismo día del ataque.

El juicio

La investigación penal a cargo de la Fiscalía Nº 5 fue caratulada por el delito de lesiones graves previsto y reprimido por el artículo 90 del Código Penal que refiere textualmente: “Se impondrá reclusión o prisión de uno a seis años, si la lesión produjere una debilitación permanente de la salud, de un sentido, de un órgano, de un miembro o una dificultad permanente de la palabra o si hubiere puesto en peligro la vida del ofendido, le hubiere inutilizado para el trabajo por más de un mes o le hubiere causado una deformación permanente del rostro”.

En el desarrollo del denate, tanto la acusación como la defensa esgrimieron sus argumentos para lograr la sanción o la absolución, respectivamente, por parte del magistrado que se halla subrogando el Juzgado Correccional Nº 2 de nuestra ciudad. La estrategia de la defensa se vio perjudicada por el testimonio del acompañante del agresor, quien si bien declaró que no observó la agresión que motivó el proceso penal tampoco negó la existencia del violento episodio.

La sentencia

A principios de este mes se conoció la sentencia condenatoria para el imputado dictada por Carlos Picco. Sobre la base de los elementos expuestos en el debate lo encontró como autor penalmente responsable del delito de lesiones graves, imponiéndole la pena de un año y 20 días de prisión efectiva, a ser cumplida por el imputado en atención a una anterior condena que registraba, de abril de 2012, por ante el Tribunal Oral Criminal N°1 de nuestra ciudad, en la cual se lo condenó a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional por los delitos de amenazas en concurso real con lesiones graves. Además se dispuso temporalmente, como medida de privación de la libertad, la modalidad de arresto domiciliaria cumplirse en el domicilio del sentenciado, hasta que el presente veredicto adquiera firmeza.


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